Traducción jurada de contratos mercantiles y estatutos sociales
¿Para qué lo necesitas?
Si el documento está en inglés y lo usas en España
Procedimientos judiciales y arbitrajes en los que el contrato es prueba.
Depósito en el Registro Mercantil de escrituras y estatutos de la sociedad matriz.
Constitución de filiales y sucursales de grupos extranjeros.
Licitaciones públicas, que exigen acreditar acuerdos y compromisos.
Due diligence en compraventas de empresa.
Inspecciones y requerimientos de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.
Si el documento es español y lo usas fuera
Contratos con clientes, proveedores o distribuidores extranjeros.
Registro de filiales fuera de España.
Reporting a la matriz y a auditores internacionales.
Litigios y arbitrajes internacionales.
Operaciones societarias transfronterizas.
¿De verdad necesitas una traducción jurada?
Te lo digo aunque suponga facturarte menos, porque prefiero que lo sepas antes de encargarlo:
Para aportar un contrato en un procedimiento judicial en España, la ley no exige traducción jurada. El artículo 144 de la Ley de Enjuiciamiento Civil obliga a acompañar traducción de todo documento redactado en idioma no oficial, pero permite expresamente que esa traducción sea privada.
Solo si la parte contraria la impugna dentro de los cinco días siguientes al traslado, alegando que no la tiene por fiel y exacta, el letrado de la administración de justicia ordenará la traducción oficial, a costa de quien presentó el documento. Y si esa traducción oficial resulta sustancialmente coincidente con la privada, el coste lo asume quien impugnó.
Dicho esto, muchos despachos encargan directamente la jurada. Y tiene su lógica: evita el riesgo de impugnación, evita el retraso de traducir a mitad de procedimiento y da a la traducción una fuerza probatoria de la que la privada carece. Es una decisión de estrategia procesal, no una obligación legal, y la tomáis vosotros.
Si tu contrato no va a juicio ni a ningún organismo oficial —un acuerdo entre empresas, un contrato interno, documentación para negociar— probablemente te baste con una traducción simple, que es más rápida y más barata. Te explico la diferencia en detalle en mi artículo sobre traducción simple y traducción jurada.
Soy traductor jurado de inglés acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC). Traduzco personalmente contratos, estatutos y documentación societaria —del inglés al español o del español al inglés— con firma, sello y plena validez ante juzgados, Registro Mercantil, notarías y administraciones públicas.
Trabajo solo y sin intermediarios. En un contrato eso importa más de lo que parece: la misma persona traduce todas las cláusulas, todos los anexos y todas las versiones, así que la terminología no cambia a mitad del documento.
Cuándo la traducción jurada sí es obligatoria
Depósito en el Registro Mercantil, donde los documentos deben presentarse en castellano o en la lengua cooficial de la comunidad autónoma.
Escrituras públicas ante notario en las que se incorpora documentación extranjera.
Inscripciones registrales de cualquier tipo.
Licitaciones y contratación pública, según los pliegos.
Trámites ante administraciones públicas, subvenciones y ayudas.
Cuando el pliego, el juzgado o el organismo lo exija expresamente. Si tienes el requisito por escrito, mándamelo y te digo exactamente qué hace falta.
Qué documentos traduzco
Contratos
Prestación de servicios y contratos marco
Acuerdos de confidencialidad (NDA)
Licencia de uso, cesión de derechos y propiedad intelectual
Joint venture y acuerdos de colaboración
Arrendamiento de local e industria
Contratos laborales y de alta dirección
Préstamos, avales y garantías
Documentación societaria
Estatutos sociales
Escrituras de constitución
Pactos de socios · Shareholders' agreements
Actas de junta y de consejo
Certificaciones del registro mercantil
Poderes de representación mercantil
Por qué un contrato no es una traducción cualquiera
El derecho anglosajón y el español no comparten las mismas instituciones, y ahí es donde fallan las traducciones automáticas y las hechas con prisa.
No invento equivalencias jurídicas. La consideration del derecho inglés no tiene equivalente en el derecho español de contratos. Indemnity y "indemnización" no significan lo mismo. Termination puede ser resolución, rescisión o extinción según la cláusula, y elegir mal cambia los efectos. Cuando una figura no tiene correspondencia exacta, la traduzco con precisión y, si hace falta, la aclaro, en lugar de sustituirla por una figura española que diría otra cosa.
Respeto la numeración y la estructura de cláusulas. Los contratos se citan por número de cláusula, en un juicio y en una negociación. Alterar la numeración o fundir apartados hace inutilizable el documento.
Cuido la coherencia a lo largo de todo el texto. Que un término definido en la cláusula primera se llame igual en la trigésima y en los anexos. Cuando un contrato largo se reparte entre varios traductores de una agencia, esto se rompe casi siempre, y es lo primero que detecta un abogado que lee con atención.
Traduzco los anexos. Son parte del contrato y suelen contener lo que de verdad se discute: precios, plazos, penalizaciones, especificaciones técnicas.
Confidencialidad
Un contrato mercantil contiene precios, márgenes, cláusulas de penalización y estrategia comercial. Merece una respuesta concreta:
Los documentos los veo yo y nadie más. No hay gestor de proyectos, ni traductores autónomos rotando, ni plataforma donde se suban tus archivos.
No uso traducción automática ni herramientas de IA en la nube con documentación contractual. Tus cláusulas no se suben a ningún servicio de terceros.
Firmo acuerdo de confidencialidad si tu empresa o tu despacho lo requiere, sin coste y en el mismo día.
Precio y plazo
Los contratos no se pueden tarificar de antemano: van de dos páginas a doscientas, y los anexos pesan más que el cuerpo con frecuencia.
Mándame el documento y te doy precio cerrado el mismo día. Sin sorpresas después.
Tres cosas que conviene que sepas:
Los contratos repetitivos salen más baratos. Si trabajas con un modelo de contrato y solo cambian las partes y las cifras, el segundo y los siguientes cuestan bastante menos.
El presupuesto conjunto compensa. Contrato, anexos y documentación societaria juntos salen mejor que por separado.
Si tienes fecha de firma o de presentación, dímela desde el principio. Al no depender de la agenda de una agencia puedo organizarme. Y si el plazo no es realista, te lo digo el primer día en lugar de aceptarlo y fallarte.
Consulta el detalle en mi página de tarifas.
Cómo trabajo, paso a paso
1. Me envías el documento. PDF o Word por correo. Si necesitas acuerdo de confidencialidad firmado antes, lo resolvemos en el día.
2. Te respondo con precio cerrado y fecha de entrega. Y si veo que para tu trámite no hace falta jurada, te lo digo: no te voy a cobrar una jurada donde basta una simple.
3. Recibes la traducción. En PDF con firma electrónica, o en papel firmado y sellado si el organismo lo exige. Las correcciones formales que te pidan, sin coste.
Los errores que más veo
Encargar una jurada donde bastaba una simple, y pagar de más sin necesidad.
Encargar una simple donde el pliego exigía jurada, y tener que repetir con el plazo encima.
Traducir el contrato y olvidar los anexos, que suelen ser donde está lo importante.
Repartir un contrato largo entre varios traductores y acabar con la misma cláusula llamada de tres maneras.
Dejar la traducción para el final, cuando la fecha de firma ya está cerrada.
Usar traducción automática en documentación contractual, que además de arriesgado suele implicar subir el documento a un servidor de terceros.
Preguntas frecuentes
¿Necesito traducción jurada para aportar un contrato en juicio? La ley no la exige: el artículo 144 de la LEC admite traducción privada. Pero si la contraparte la impugna, se ordenará la oficial a tu costa y con retraso en el procedimiento. Muchos despachos prefieren la jurada directamente por eso. Es vuestra decisión de estrategia.
¿Y para depositar estatutos en el Registro Mercantil? Ahí sí. Los documentos deben presentarse en castellano o en la lengua cooficial, y se exige traducción jurada.
¿Traduces también los anexos? Sí, y lo recomiendo siempre. Forman parte del contrato y suelen contener precios, plazos y penalizaciones.
¿Puedes trabajar sobre Word manteniendo el formato? Sí. Para contratos largos entrego un documento que reproduce numeración y estructura del original, para que se pueda cotejar cláusula por cláusula.
¿Qué pasa si el contrato cambia mientras lo traduces? Es habitual en una negociación. Mándame la versión nueva marcada y presupuesto solo los cambios, no el documento entero.
¿Firmas acuerdo de confidencialidad? Sí, sin coste. Dímelo antes de enviarme nada.
¿Trabajas con despachos y asesorías? Sí, y es buena parte de mi trabajo. Si buscas un traductor jurado fijo para tus clientes, hablemos: trato directo conmigo, sin comerciales, mismo criterio en todos los encargos y disponibilidad para fechas de firma o de presentación.
¿Traduces desde otros idiomas? Estoy acreditado por el MAEC para inglés y español. Si tu contrato está en otro idioma, dímelo y te oriento.
¿Hablamos?
Mándame el contrato y te digo precio cerrado y fecha de entrega hoy mismo. Si no tienes claro si necesitas jurada o simple, pregúntame: te lo digo con sinceridad, aunque la respuesta sea la opción más barata.
Contacto
Si quieres más información o un presupuesto, escríbeme por el formulario, por correo o por teléfono.
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